CESA - Centro de Estudios Sociales Argentino

"El auténtico hombre se halla en la dialéctica sapiens-demens." (Edgar Morin)

Educación Popular: Paulo Freire, Psicología Social: Enrique Pichón Riviere. Psicoanálisis, Militancia Social. Capacitación a distancia.

Miembros

  • Guadalupe
  • Gustavo Juan Pérez
  • Amalia Flores Correa
  • Vanesa Rosenthal
  • Tatiana
  • Elba Noemi
  • Rita Zabatta
  • Delmiro Perez Alvarez
  • Valeria F. Inverso
  • Marta Pereyra
  • Marianela Inverso
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  • Carlos Gabriel Spinazzola
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Música

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Publicaciones de blog

Gustavo Juan Pérez

La huella de las adicciones

Clarín
IECO

Empleos y capacitación
22 NOV 2009
MABEL CANDIA
DIRECTORA DE ICAS ARGENTINA

Adicción
La huella de las adicciones
El consumo de fármacos, alcohol y drogas crecen dentro de las empresas. La prevención es la mejor solución al problema.





La búsqueda constante de herramientas, procesos, procedimientos y capacitaciones tendientes a lograr espacios laborales seguros, libres de accidentes y de pérdidas humanas, manifiesta una de las grandes preocupaciones de las organizaciones en la ac… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 25, 2009 a las 11:35am

Rita Zabatta

Patria libre y Soberana o colonia soja-dependiente mediática

Patria libre y Soberana o colonia soja-dependiente mediática

por Javier Peñoñori

"Mi tierra te están cambiando o te han disfraza’o que es pior…" A.Yupanqui

El músico, compositor y escritor JAVIER PEÑOÑORI, señalaba en una entrevista para una emisora radial, días pasados:

"Necesitamos reivindicar hoy, en la historia que venimos escribiendo, el 20 de Noviembre, Día de La Soberanía Nacional y reafirmarnos en la construcción de la Unidad de los pueblos de nuestra Suramérica."

"Para esto es inso… Continuar

Publicado por Rita Zabatta el noviembre 24, 2009 a las 5:34pm — 1 comentario

Delmiro Perez Alvarez

Una foto ... que merece un premio??

Una fotografía, un premio, un llanto. El dolor de la Humanidad.

¿Cuáles son los valores de nuestra humanidad?

El "suicidio" moral de la humanidad al olvidar la ética para pasar a la "estética"...

http://video.bugun.com.tr/bugunPlayer.swf?file=dagilfilm.flv

Publicado por Delmiro Perez Alvarez el noviembre 24, 2009 a las 1:59pm — 1 comentario

Delmiro Perez Alvarez

El Perro

El PERRO



Un carnicero estaba a punto de cerrar su negocio cuando vio entrar un perro. Trató de espantarlo, pero el perro volvió.

Nuevamente intentó espantarlo, pero entonces se dio cuenta que el animal traía un sobre en el hocico.

Curioso el carnicero abrió el sobre y en su interior encontró un b… Continuar

Publicado por Delmiro Perez Alvarez el noviembre 24, 2009 a las 1:57pm — 2 comentarios

Valeria F. Inverso

Violencia contra las Mujeres

La violencia contra las mujeres viola su derecho a la integridad, a la autonomía y libertad personal, a la salud y menoscaba también el pleno goce de sus derechos civiles, económicos, sociales y culturales. Su sólo ejercicio es una violación al principio universal de no-discriminación y tiene efectos traumáticos de manera inmediata y a largo plazo para las mujeres, para sus hijos e hijas y para la sociedad toda.

PROPUESTAS DEL PLAN NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION
Ratificar el Protocolo Facult… Continuar

Publicado por Valeria F. Inverso el noviembre 24, 2009 a las 1:42pm — 1 comentario

Gustavo Juan Pérez

Debatir la historia, en asamblea - Por Osvaldo Bayer

http://www.pagina12.com.ar/diario/contratapa/index-2009-11-21.html


Debatir la historia, en asamblea

Por Osvaldo Bayer
Morón. Asistí a una asamblea popular que trató algo fundamental pero no importante. (No importante para la gente de bien.) Convocados por el Concejo Deliberante de la ciudad, los vecinos discutieron el cambio de nombre de la calle Ataliva Roca, de Castelar. Una discusión que duró varias horas y do… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 24, 2009 a las 11:50am

Gustavo Juan Pérez

Violencia hacia la mujer: parte inherente del sistema patriarcal y capitalista

Marcha Mundial de las Mujeres
La violencia hacia las mujeres es estructural, es una propiedad inherente de los sistemas patriarcal y capitalista, y es usada como una herramienta de control de la vida, cuerpo y sexualidad de las mujeres por hombres, grupos de hombres, instituciones patriarcales y Estados. A pesar de que afecta a las mujeres como grupo social, cada violencia tiene un contexto específico y tenemos que comprender cómo, cuándo y por qué ocurre la violencia hacia las mujeres.
La idea… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 24, 2009 a las 11:34am

Gustavo Juan Pérez

El sueño del Eternauta

Es el protagonista del libro sagrado de la ciencia ficción argentina. Su creador, el guionista Héctor G. Oesterheld, cobró un anticipo por llevarlo de la historieta a la novela convencional. Pero devolvió la plata cuando pasó a la clandestinidad antes de ser "desaparecido". Aquí, toda su historia.

Por: Diego Marinelli

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Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 23, 2009 a las 2:07pm

Gustavo Juan Pérez

El conurbano

El conurbano

Por Alfredo Zaiat

En estos días de irrupción mediática de hechos lamentables en el conurbano bonaerense, la mayoría de los análisis dominantes se resume en propuestas represivas que ya probaron su fracaso, en una masiva exteriorización de los más reaccionarios prejuicios hacia los jóvenes y los pobres por ingresos, y en una tensión por la distribución de las responsabilidades políticas. De esa manera el conurbano se ha convertido en el objeto de morbo del espectáculo mediático. En… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 22, 2009 a las 2:59pm

Gustavo Juan Pérez

No más improvisación en RR.HH.

No más improvisación en RR.HH.
La gestión de los recursos humanos se ha tornado más compleja y es tarea de especialistas y estudiosos


Jorge Mosqueira
Para LA NACION

Ya nada es casual en el mundo de los recursos humanos. El intrincado entramado de las relaciones laborales ya no soporta la improvisación; todo es terreno de especialistas.

El 11 de noviembre, en la Universidad de La Matanza, se llevó a cabo el Primer Encuentro Nacional de Profesionales en Relaciones Laborales, Recursos Humanos,… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 22, 2009 a las 2:57pm

juan  carlos  mesa

DIA DE LA MUSICA ...

Hoy se commemora el dia de la MUSICA , parte importante de nuestra vida que nos hace vivir con alegría , con el correr de los años fui entendiendo lo importante de este arte para mejorar la calidad de vida en cualquier situación en que se encuentre el sujeto social , asi aprendí del paso corto de algunos ritmos por el que danzaban ,a pesar de sus cadenas, muchos esclavos, como tambien las danzas indígenas tanto en los rituales de agradecimiento como de preparación de actos bélicos , también apre… Continuar

Publicado por juan carlos mesa el noviembre 22, 2009 a las 3:45am

Gustavo Juan Pérez

Contra la soledad y el sufrimiento. LA NACION

Domingo, 15 de noviembre de 2009.

Contra la soledad y el sufrimiento.

"Menos camas psiquiátricas, y más salud mental comunitaria" es el concepto que impulsa la OMS para enfrentar la enfermedad mental. Un grupo de profesionales
gestó un modelo de atención psíquica que sigue esa premisa y apunta a la integración social.

La cajera del supermercado pasa el fin de semana llorando. Su hija quedó con la abuela en Corrientes, la dejó para venir trabajar. Llora sábado y domingo.

La extraña muc… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 20, 2009 a las 7:29pm

Gustavo Juan Pérez

Optimismo inteligente: sostener el proyecto humano - Andrea Méndez Brandam

¿Quién hace qué para cambiar el mundo y qué puedo hacer yo? Quien se haya hecho alguna vez una de estas dos preguntas es un potencial agente de cambio y tiene claro por lo menos dos cuestiones: que las cosas no están bien, y que es necesario y posible reinventar nuestra forma de vida de manera tal de poder sostenerla. De eso se trata la sustentabilidad: ni más ni menos que del equilibrio del hombre con la naturaleza.

Por supuesto que esto no es nuevo: en 1987, el Informe Brundtland lo definió c… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 20, 2009 a las 1:40pm

Hernán Fair

EL ROL DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y SUS INTELECTUALES ORGÁNICOS ANTE LAS REFORMAS NEOLIBERALES. UN ANÁLISIS DEL CASO ARGENTINO DURANTE EL PRIMER GOBIERNO DE CARLOS MENEM

El siguiente artículo fue publicado como ensayo en la Revista Comunicologí@: indicios y conjeturas, Publicación Electrónica del Departamento de Comunicación de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, Primera Época, Número 9, Primavera, Año 2008. El mismo se encuentra disponible en línea en: http://revistacomunicologia.org/index.php?option=com_content&task=view&id=216&Continuar

Publicado por Hernán Fair el noviembre 20, 2009 a las 1:10am

Gustavo Juan Pérez

Niño exiliado - Psicoanálisis de un hijo de padres desaparecidos

Psicología | Jueves, 19 de noviembre de 2009.- Pagina 12

Psicoanálisis de un hijo de padres desaparecidos

Niño exiliado

“Nuestros niños son nuestra historia social”, advierte el autor, al referirse al chico cuyos síntomas expresaban “el temor a estar eternamente condenado a elegir entre un dilema de hierro: traicionar la causa de sus padres para poder salvarse o tener que inmolarse como ellos y por ellos”.

Por Juan Carlos Volnovich *
El espacio del síntoma, en el análisis de niños, es… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 19, 2009 a las 3:30pm

Gustavo Juan Pérez

La filosofía del Outdoor training ya aprendizaje vivencial- Gustavo Sprei (Miembro del CESA)

En cualquier organización es claro que para alcanzar mayor productividad, es urgente redefinir la visión, las estrategias. El liderazgo. La estructura, los procesos y las comunicaciones. Si vamos a competir y a desarrollarnos en el mundo moderno, debemos asegurar el liderazgo, la inteligencia y el compromiso colectivo. La heterogeneidad cognitiva y cultural de cada uno de los competentes de la organización, cuando no consiguen adaptarse o ser integrados a la propia cultura organizacional, atravi… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 19, 2009 a las 12:06pm

Valeria F. Inverso

Contra el Codigo de Faltas en la Provincia de Buenos Aires

PRENSA

Comisión Provincial por las Memoria

La Plata, 17/11/09

CONTRA EL CODIGO DE FALTAS

El martes 17 de noviembre, a las 10 de la mañana, organizaciones de derechos humanos, gremios y dirigentes políticos brindaron una conferencia de prensa en la Legislatura para pronunciarse contra el proyecto de ley de régimen contravencional en la provincia de Buenos Aires. La actividad estuvo organizada por la Comisión Provincial por la Memoria (Comité Contra la Tortura), el Centro de Estudios Legales y… Continuar

Publicado por Valeria F. Inverso el noviembre 19, 2009 a las 11:42am

Valeria F. Inverso

“EL JUICIO POR JURADOS SERÍA UN PASO DETERMINANTE PARA ACABAR CON LA CORRUPCIÓN EN LA JUSTICIA”

-¿Cómo ve el desarrollo de los procedimientos en lo que refiere al enjuiciamiento de casos complejos como corrupción administrativa y crimen organizado?
El gran problema que tenemos desde hace muchos años es la torpeza de nuestro procedimiento para enjuiciar casos complejos. En general se asocia al crimen organizado, pero también tiene que ver con los casos de corrupción administrativa, fraude a la administración pública, enriquecimiento ilícito, malversación, todos aquellos delitos en que se ve… Continuar

Publicado por Valeria F. Inverso el noviembre 18, 2009 a las 4:39pm

Gustavo Juan Pérez

Argentina: La seguridad, insegura

Argentina: La seguridad, insegura

Adolfo Pérez Esquivel

ALAI AMLATINA, 17/11/2009.- Una y otra vez vuelven los personajes de
turno; la diva del teléfono “Su”, reclama represión y pregona la pena de
muerte para aquellos que supuestamente atentan contra la seguridad.

El mediático y divertido señor Tinelli y la señora de los almuerzos
Mirtha Legrand, tienen medios audio-visuales a su disposición y suman su
reclamo y convocan a una reunión por la “seguridad”; están cansados y
temerosos que los po… Continuar

Publicado por Gustavo Juan Pérez el noviembre 18, 2009 a las 3:40pm

Valeria F. Inverso

MEDIDAS FRENETICAS DE LA IGLESIA PARA EVITAR EL MATRIMONIO GAY

A punto del ataque de nervios
En la jornada de ayer se sucedieron nuevas presentaciones judiciales, comunicados y quejas por el inminente casamiento de dos hombres. Hubo más reclamos contra Macri. Y otros recursos ante la Justicia para parar la unión prevista para el 1º de diciembre.
Por Emilio Ruchansky


Los comunicados, apelaciones y quejas de los sectores católicos se sucedieron sin descanso. Los escritos son impiadosos con la pareja gay que se casará en diciembre, con la jueza Gabriela Seij… Continuar

Publicado por Valeria F. Inverso el noviembre 18, 2009 a las 10:39am — 2 comentarios

Psicología Social

Causas de la criminalidad I

Dentro del comportamiento humano podemos hallar gran variedad de conductas, pero una de las más llam

Porque ainda não comecei a túitar

Decidi limitar a minha participação nas redes sociais a meia dúzia de aderências (logo, de empresas)

Teoria da personalidade conforme Alfred Adler

Alfred Adler nasceu de uma família de classe média em Viena, em 1870, e morreu na Escócia em 1937. F

["SoY"]: ¡La revolución YA ha llegado!.

"SoY" todo lo que deseo... El Marketing Viral es el telón cerrado de un teatro que poco a

Guapos! (N)Os necesitamos!

Como dice mi amiga foravilenca, lo prometido es deuda. Cuelgo la introducción al artículo de Luís Bo

El experimento de Zimbardo

Parece que me resisto a aprender algunas cosas. Entre ellas como colgar convenientemente este experi

Fofoca no trabalho é mais sofisticada e maldosa, afirma estudo.

Será que a fofoca entre adultos no escritório pode ser mais maliciosa que a dos adolescentes no seri

Leia obituário do "New York Times" sobre Claude Lévi-Strauss.

EDWARD ROTHSTEIN do New York Times Claude Lévi-Strauss, o antropólogo francês cujos estudos revoluci

Identidad

Más allá de la máscara que se alargaba navegando con múltiples formas de ironía vacuidad, asombraba

Psicólogos sociales advierten del riesgo de adicción a Internet

El uso masivo de las redes sociales (más de 1.200 millones de usuarios en todo el mundo) es un fenóm

Para reconhecer mentiras.

Se você acredita que quem tenta enganar alguém sua frio e evita o olhar do interlocutor, surpreenda-

Punir moralmente os outros traz vantagens sociais.

Se você ouvir uma criança falando palavrões em voz alta enquanto brinca em um parquinho, e perceber

Pesquisa mostra que 16% preferem se comunicar pelo computador do que pessoalmente.

A grande novidade nas comunicações dos últimos dez anos foi a criação das redes sociais. A prova dis

Seu chefe é agressivo? Estudo diz por quê.

Por meio de estudos comportamentais, os pesquisadores encontraram provas de que indivíduos se tornam

Como o cérebro percebe a honestidade.

Estruturas neurais ajudam a detectar até que ponto é possível confiar naqueles com quem convivemos T

Confiança pode ser mais importante que inteligência.

Na avaliação da liderança competência tem menos peso que a capacidade de se expressar Quando um grup

Ruptura de estereotipos

Hace unos días leí una noticia que curiosamente, a estas alturas de la historia, me sorprendió basta

Experiencia de sensibilización en World Class Manufacturing a partir de las 5 "S"

INTRODUCCIÓN La experiencia de sensibilización se llevó a cabo en cinco empresas autopartistas, las
 

Homenaje del Centro de Estudios Sociales Argentino.




Enrique Pichón Riviere, Padre de la Psicología Social Argentina.

Sigmund Freud, Padre del Psicoanálisis.

Adolfo Pérez Esquivel, Premio Novel de la Paz. Militante Social.

Paulo Freire, Educador. Educación Popular / Socio Comunitaria.

Jorge Luis Borges, Escritor.

Por REP



EDUARDO GALEANO - UTOPIA


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Verdaderamente desgarrador...
Hace 23 horas
Valeria F. Inverso comentó sobre la publicación en el blog 'El Perro' de Delmiro Perez Alvarez
Muy muy bueno!! jajajaj
Hace 23 horas
Excelentes propuestas. !!
ayer
Gustavo Juan Pérez comentó sobre la publicación en el blog 'El Perro' de Delmiro Perez Alvarez
Muy bueno. Gracias por compartirlo. !!
ayer
ayer
Delmiro Perez Alvarez agregó 2 publicaciones en el blog
ayer
ASOCIACION JUNGUIANA ARGENTINA (AJA) Conferencia del miércoles 25 de noviembre, de 19.00 a 21.00 horas: Individuo y sociedad: presente y futuro desde la óptica junguiana, a cargo del Prof. Dr. Vicente RUBINO. La conferencia se dictará en el Au...
ayer

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

PREÁMBULO
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1.
• Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2.
• Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
• Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3.
• Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4.
• Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5.
• Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6.
• Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7.
• Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8.
• Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9.
• Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10.
• Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11.
• 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
• 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12.
• Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13.
• 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
• 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14.
• 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
• 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15.
• 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
• 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16.
• 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
• 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
• 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17.
• 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
• 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18.
• Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19.
• Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20.
• 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
• 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21.
• 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
• 2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
• 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22.
• Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23.
• 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
• 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
• 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
• 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24.
• Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25.
• 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
• 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26.
• 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
• 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
• 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27.
• 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
• 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28.
• Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 29.
• 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
• 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
• 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30.
• Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Notas

“25 de noviembre - Día internacional por la No Violencia contra la Mujer".

CREANDO UNA CULTURA QUE DIGA NO A LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
 
Hace 28 años, en 1981, durante el "I Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe" realizado en Bogotá (Colombia) se declaró el día 25 de Noviembre como Día Internacional de la Lucha en favor de la No Violencia contra la Mujer, por coincidir con el Aniversario del asesinato de las hermanas Mirabal.-
Patria (1924-1960), Minerva (1927-1960) y María Teresa (1935-1960) Mirabal fueron tres mujeres dominicanas, que… Continuar

Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 25, 2009 at 9:46am. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez Hace 4 horas.

Cada año se podrían evitar 300 muertes maternas

OBSERVATORIO DE GENERO Y POBREZA EN ARGENTINA

Boletín Nº 2. Nota 2.

Cada año se podrían evitar 300 muertes maternas

En Argentina la mayoría de las muertes maternas son evitables, sin embargo cada año mueren más de 300 mujeres por complicaciones del embarazo y el parto. Uno de los motivos principales es el aborto clandestino, por el fallece una mujer cada tres días. El

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Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 24, 2009 at 1:25pm. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez hace 1 día.

Informe Femicidios en Argentina y lanzamiento delObservatorio de la sociedad civil

En el marco del Día Internacional contra toda forma de violencia hacia las mujeres, desde el Área de Investigación de La Asociación Civil La Casa del Encuentro presentamos el informe de Femicidios en Argentina ( periodo 1 de Enero a 15 de Noviembre de 2009) 
En el periodo 1 de enero al 15 de noviembre de 2009, registramos 176 femicidios y 12 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños. 
El Jueves 26 de Noviembre a las 17: 30hs en la Sala José Luis Cabezas del Honorable Congreso de la

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Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 24, 2009 at 12:46pm. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez hace 1 día.

Lanata: "La grieta que se abrió en 2001 entre la gente y la dirigencia no se pudo cerrar"

En una entrevista con lanacion.com, el periodista y escritor aseguró que la Argentina está en "una instancia de transición que todavía no terminó"; "Tenemos todo lo que tendríamos que tener, pero igual fracasamos año tras año", evaluó

LA NACION - Lunes 23 de noviembre de 2009 
 
Por Santiago Dapelo
De la Redacción de lanacion.com
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Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 23, 2009 at 2:20pm. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez Nov 23.

Los jóvenes, el ‘blanco favorito’ de la violencia estatal

Cada 28 horas muere una persona en el país debido al accionar de las fuerzas de seguridad del Estado, según el décimo cuarto informe presentado la semana pasada en un acto en Plaza de Mayo por la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi). Además, el análisis permite demostrar que “los jóvenes son el blanco favorito” de esas políticas: “Más de la mitad de las muertes corresponde a varones pobres de menos de 25 años, y el 30,5 por ciento del total tenía 21 años o menos”.… Continuar

Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 23, 2009 at 1:29pm. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez Nov 23.

INFORME MUNDIAL POR LOS 20 AÑOS DE LA CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Unicef: mejoró la situación de la niñez pero preocupan la pobreza y la mortalidad
Cuando la Convención sobre los Derechos del Niño está cumpliendo 20 años, la situación de la niñez ha mejorado, pero queda mucho por avanzar, y la pobreza, la violencia, y algunas enfermedades aún amenazan a los menores. Esa es la conclusión general a la que arriba el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) en el trabajo Estado Mundial de la Infancia, realizado para conmemorar el aniversario.

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Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 23, 2009 at 11:39am. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez Nov 23.

Anorexia a los 40

Anorexia a los 40

Los trastornos de alimentación pueden reaparecer en la adultez por crisis vitales y la tiranía de la belleza.


"La anorexia y la bulimia existen en mujeres adultas. La gran mayoría corresponde a cuadros iniciados en la adolescencia (momento de inicio habitual) y que se extienden, a veces, durante toda la vida. Un escaso porcentaje (no hay datos precisos en la Argentina) tienen su inicio en la adultez", afirma Jorge GiménezContinuar

Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 22, 2009 at 7:40pm. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez Nov 22.

Cómo cambiar la correlación actual de fuerzas en América Latina

Cómo cambiar la correlación actual de fuerzas en América Latina

Pensamos que una forma muy concreta de avanzar en la construcción de ese gran frente, que no se limite a ser un frente de siglas, sino un frente de lucha, es justamente crear espacios puntuales de encuentro o convergencia de luchas antineoliberales puntuales: los sin trabajo, los sin tierra, los sin techo, los estudiantes afectados por el siContinuar

Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 22, 2009 at 7:38pm. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez Nov 22.

La Gaceta Virtual

La Gaceta Virtual

Revista de Historia y Ciencias Sociales

 

 

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Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 22, 2009 at 7:22pm. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez Nov 22.

Los 20 años de la Convención: derechos reconocidos, ¿derechos respetados?

El 20 de noviembre de 1989 algunas cosas empezaron a cambiar.
Ese día, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN). La CIDN es un conjunto de normas acordadas que deben respetar todos los países que la firmaron y ratificaron. Sus artículos proponen nuevos aportes a los contenidos en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959. Y fundamentalmente avanza en el aspecto jurídico, al hacer a los Estados firmantes "jurídi

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Creada por Gustavo Juan Pérez Nov 19, 2009 at 5:34pm. Actualizada la última vez por Gustavo Juan Pérez Nov 19.

Derechos Humanos y Salud Mental

DECLARACION DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LA SALUD MENTAL (1)

La presente Declaración que marca el 40 aniversario de la Federación Mundial de la Salud Mental, fundada el 21 de agosto de 1948, y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, proclamada el 10 de diciembre de 1948, ha sido adoptada por vez primera el 17 de enero de 1989 bajo el nombre de Declaración de Luxor sobre los Derechos Humanos para los Enfermos Mentales, en el transcurso del congreso del 40 Aniversario de la Federación, en Luxor, Egipto. La presente revisión confirma la inquietud de la Federación no sólo por los individuos definidos como enfermos mentales, sino también por aquellos que son vulnerables a la enfermedad o trastorno mental y emocional, o que corren el riesgo de estar expuestos a ella. La Federación considera que los Derechos Humanos trascienden las fronteras políticas, sociales, culturales y económicas, y se aplican a la raza humana en su conjunto. Fue adoptada por el Consejo de Administración de la Federación el 26 de Agosto de 1989, con ocasión de su Congreso Mundial Bienal de la Salud Mental, celebrado en Auckland, Nueva Zelanda.

Preámbulo

Considerando que el documento fundacional de la Federación Mundial de la Salud Mental de 1948, titulado Salud Mental y Ciudadanía Mundial, establece que la salud mental constituye "una promesa formal, reflexiva y responsable hacia la humanidad considerada como un todo", "basada en el libre consentimiento" y en el "respeto a las diferencias individuales y culturales";

Considerando que los seres humanos designados públicamente o diagnosticados profesionalmente y tratados o ingresados como enfermos mentales, o afectados por una perturbación emocional, comparten, según los términos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948, "la dignidad inherente" y "los derechos iguales e inalienables de los miembros de la familia humana" y , según los términos del documento fundacional de la FMSM, una "humanidad común", con los otros seres humanos del mundo entero;

Considerando que la Organización Mundial de la Salud define la salud como "un estado de bienestar físico, mental, social y moral completo y no sólo como la ausencia de enfermedad o dolencia."

Considerando que el diagnóstico de enfermedad mental establecido por un experto en salud mental será conforme a criterios médicos, psicológicos, científicos y éticos reconocidos y que la dificultad para adaptarse a valores morales, sociales políticos u otros no será considerada en sí misma como una enfermedad mental ; considerando igualmente que, a pesar de todo aún hoy, algunos individuos son designados y diagnosticados en ocasiones como enfermos mentales o tratados y encerrados como tales;

Considerando que las enfermedades mentales graves no sólo obstaculizan la capacidad del individuo para el trabajo, el amor y el ocio, sino que también impiden a su familia o a su comunidad vivir normalmente e imponen a la sociedad una carga permanente de cuidados;

Considerando que la FMSM ha suscripto el principio de la participación del usuario o del consumidor en la planificación, gestión y funcionamiento de los servicios salud mental;

Considerando que la FMSM reafirma la existencia de las libertades y derechos fundamentales expuestas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948, así como los instrumentos ulteriores de estos derechos;

Considerando que la FMSM reconoce que la aplicación de estos principios exige tener en cuenta las circunstancias culturales, económicas, históricas, sociales, espirituales y otras de las sociedades específicas , y respetar en todos los casos los criterios básicos de los derechos humanos, que sobrepasan los límites de los grupos políticos y culturales, el Consejo de Administración de la Federación Mundial de la Salud Mental, proclama la presente Declaración de los derechos humanos y de la salud mental, la norma común a todos los pueblos y naciones de la familia humana.

Artículo 1

La promoción de la salud mental incumbe a las autoridades gubernamentales y no gubernamentales, tanto como a los organismos intergubernamentales, sobre todo en tiempos de crisis. De acuerdo con la definición de salud de la OMS y con el reconocimiento de la preocupación de la FMSM por su funcionamiento óptimo, los programas de salud y de salud mental contribuirán tanto al desarrollo de las responsabilidad individual y familiar en relación con la salud personal y con la de grupos, como a la promoción de una calidad de vida lo más elevada posible.

Artículo 2

La prevención de la enfermedad o del trastorno mental o emocional constituye un componente esencial de todo sistema de servicio de salud mental,. En este terreno, la formación será difundida tanto entre los profesionales como entre el público en general. Los esfuerzos de prevención deben incluir, igualmente una atención que sobre pasas los límites del sistema mismo de asistencia en salud mental y ocuparse de las circunstancias ideales de desarrollo comenzando por la planificación familiar, la atención prenatal y perinatal, para continuar a lo largo de todo el ciclo de la vida, proporcionando suficientes cuidados generales de salud, posibilidades de educación, de empleo y de seguridad social. Será prioritaria la investigación sobre la prevención de las afecciones mentales, de las enfermedades y de la mala salud mental.

Artículo 3

La prevención de la enfermedad y del trastorno mental o emocional y el tratamiento de aquellos que los sufren exige la cooperación entre sistemas de salud, de investigación y de seguridad social intergubernamentales, gubernamental y no gubernamentales , así como de las instituciones de enseñanza. Una cooperación semejante comprende la participación de la comunidad y la intervención de las asociaciones de atención mental, profesionales y voluntarias, y también de los grupos de consumidores y de ayuda mutua, incluirá la investigación, la enseñanza, la planificación y todos los aspectos necesarios acerca de los problemas que pudieran surgir, así como la prestación de servicios directos.

Artículo 4

Los derechos fundamentales de los seres humanos designados o diagnosticados, tratados o definidos como mental o emocionalmente enfermos o perturbados, serán idénticos a los derechos del resto de los ciudadanos.

Comprenden:

• el derecho a un tratamiento no obligatorio, digno, humano y cualificado, con acceso a la tecnología médica, psicológica y social indicada;

• la ausencia de discriminación en el acceso equitativo a la terapia o de su limitación injusta a causa de convicciones políticas, socio-económicas, culturales, éticas, raciales, religiosas, de sexo, edad u orientación sexual;

• el derecho a la vida privada y a la confidencialidad;

• el derecho a la protección de la propiedad privada;:

• el derecho a la protección de los abusos físicos y psico-sociales;

• el derecho a la protección contra el abandono profesional y no profesional;

• el derecho de cada persona a una información adecuada sobre su estado clínico;

• el derecho al tratamiento médico incluirá la hospitalización, el estatuto de paciente ambulatorio y el tratamiento psicosocial apropiado con la garantía de una opinión médica, ética y legal reconocida y, en los pacientes internados sin su consentimiento, el derecho a la representación imparcial, a la revisión y a la apelación.

Artículo 5

Todos los enfermos mentales tienen derecho a ser tratados según los mismos criterios profesionales y éticos que los otros enfermos. Esto incluye un esfuerzo orientado a la consecución por parte del enfermo del mayor grado posible de autodeterminación y de responsabilidad personal. El tratamiento se realizará dentro de un cuadro conocido y aceptado por la comunidad, de la manera menos molesta y menos restrictiva posible,. En este sentido, será positivo que se aplique lo mejor en interés del paciente y no en interés de la familia, la comunidad, los profesionales o el Estado. El tratamiento de las personas cuyas posibilidades de gestión personal se hayan visto mermadas por la enfermedad, incluirá una rehabilitación psico-social dirigida al restablecimiento de las aptitudes vitales y se hará cargo de sus necesidades de alojamiento, empleo, transporte, ingresos económicos, información y seguimiento después de su salid del hospital.

Artículo 6

Todas las poblaciones contienen grupos vulnerables y particularmente expuestos a la enfermedad o trastorno mental o emocional . Los miembros de estos grupos exigen una atención preventiva, y también terapéutica, particular, al igual que el cuidado en la protección de su salud y de sus derechos humanos. Se incluyen las víctimas de las catástrofes naturales, de las violencias entre comunidades y la guerra, las víctimas de abusos colectivos, comprendidos aquellos que proceden del Estado, también los individuos vulnerables a causa de su movilidad residencial (emigrantes, refugiados), de su edad (recién nacidos, niños, ancianos), de su estatuto de inferioridad (étnica, racial, sexual, socio-económica), de la pérdida de sus derechos civiles (soldados, presos) y de su salud. Las crisis de la vida, tales como los duelos, la ruptura de la familia y el desempleo, exponen igualmente a los individuos a estos riesgos.

Artículo 7

La colaboración intersectorial es esencial para proteger los derechos humanos y legales de los individuos que están o han estado mental o emocionalmente enfermos o expuestos a los riesgos de una mala salud mental. Todas las autoridades públicas deben reconocer la obligación de responder a los problemas sociales mayores ligados a la salud mental, del mismo modo que a las consecuencias de condiciones catastróficas para la salud mental.

La responsabilidad pública incluirá la disponibilidad de servicios de salud mental especializados, en la medida de lo posible dentro del contexto de una infraestructura de atención primaria, así como una educación pública referida a la salud y a la enfermedad mentales y a los medios de que se dispone para contribuir a la primera y hacer frente a la segunda.

Artículo 8

Ningún Estado, grupo o persona puede deducir nada de la presente Declaración que implica derecho alguno de abrazar una confesión o a comprometerse en cualquier actividad que conduzca a la destrucción de ninguno de los derechos o libertades citados previamente.

DERECHOS ESPECÍFICOS DE LOS ENFERMOS MENTALES (2)

• Derecho del enfermo mental a ser tratado en todo momento con la solicitud, el respeto y la dignidad propias de su condición de persona.

• Derecho a no ser calificado como enfermo mental, ni ser objeto de diagnósticos o tratamientos en esa condición, por razones políticas, sociales, raciales, religiosas u toros motivos distintos o ajenos al estado de su salud mental.

• Derecho a recibir la mejor atención y tratamiento apropiados y menos restrictivos, según las más elevadas normas técnicas y éticas.

• Derecho a ser informado sobre su diagnóstico y el tratamiento mas adecuado y menos riesgoso, y de prestar y revocar su consentimiento para ejecutarlo.

• Derecho a no ser objeto de pruebas clínicas ni de tratamientos experimentales sin su consentimiento informado.

• Derecho a que sus antecedentes personales y fichas e historias clínicas se mantengan en reserva y a tender acceso a esa información.

• Derecho a recibir o rechazar auxilio espiritual o religioso y de libertad de conciencia y religión.

• Derecho a recibir educación y capacitación adecuada a su estado.

• Derecho a trabajar y recibir la remuneración correspondiente

• Derecho a personalidad civil y a que su incapacidad para ejercer derechos sea determinada por un tribunal a través de un procedimiento establecido por una ley al efecto.

• Derecho a que en caso de ser inculpado por algún delito u otra infracción criminal, su responsabilidad o inimputabilidad se determinen por un tribunal de justicia, según las reglas del debido proceso, en un procedimiento que considere el estado de su salud con la intervención de profesionales expertos en calidad de peritos.

• Derecho a un recurso eficaz ante un tribunal y mediante un procedimiento simple y expedito fijado por la ley para reclamar de toda acción u omisión que desconozca o lesione sus derechos.

• Derecho a no ser discriminado ilegalmente en el goce y ejercicio de sus derechos, en atención al estado de su salud.

"En lo que hace a la protección de los derechos de los enfermos mentales, deben cumplir una función relevante las acciones que puedan llevar a cabo los Colegios, Asociaciones y otros cuerpos de profesionales que dispongan de facultades para el control ético de sus integrantes." (3)

(1) Publicado por la Revista Psicoanálisis y el Hospital - "La Salud Mental. Salud Mental y Psicoanálisis. Dispositivos clínicos. La infancia en los bordes - Sida." - Invierno 1995- Nº 7. Las negritas son nuestras

(2) "Para elaborar este listado [...] se ha tenido en cuenta la contribución de Gostin sobre Derechos Humanos en Salud Mental y su proposición de cinco reglas internacionales basadas en la experiencia japonesa (Principios de Kyoto, 1987), Asimismo, las disposiciones de las secciones 501 y 502 del Titulo V de la Ley sobre Sistema de Salud mental, aprobada por el Congreso de los Estados Unidos de América en octubre de 1980 y las pautas de para el perfeccionamiento de la atención de salud mental que recomendó un documento de agosto de 1988 de la Subcomisión de Prevención de la Discriminación Protección de las Minorías de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas." - Publicado "Memorias de la Conferencia Regional para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica - Caracas, Venezuela 11 al 14 de noviembre de 1990. Organización Panamericana de la Salud.

(3) O.P.S. Op.cit.

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Derechos del Niño

La Convención sobre los Derechos del Niño fue adoptada por la Asamblea de las Naciones Unidas en noviembre de 1989. Ha sido ratificada por 191 países, convirtiéndose en el primer tratado internacional de derechos humanos con una aprobación casi universal.


En la Argentina, el Congreso de la Nación la ratificó en noviembre de 1990 a través de la ley 23.849 y, en agosto de 1994, fue incorporada a la Constitución de la Nación. A partir de ahí, nuestro país asumió el compromiso de asegurar que todos los niños y niñas tengan todos los derechos que se encuentran en la Convención.

Te proponemos que los conozcas, que los difundas en tu barrio, en tu trabajo, en la escuela. Te proponemos que juntos los saquemos del papel.

Conociendo sus derechos podremos defenderlos

principio 1
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños, sin excepción alguna, ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

En pocas palabras:
Los Derechos del Niño son para TODOS los niños.

principio 2
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensando todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente de forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a la que se atenderá será el interés superior del niño.

En pocas palabras:
Las leyes deberán garantizar la protección para el desarrollo integral del niño atendiendo fundamentalmente a su interés superior.

principio 3
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

principio 4
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberá proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y posnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

En pocas palabras:
La sociedad debe brindar al niño los medios necesarios para que goce de buena salud aún antes de su nacimiento.

principio 5
El niño física o mentalmente impedido o que sufra de algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

En pocas palabras:
Los niños con cualquier tipo de discapacidad deben ser especialmente atendidos en todas sus necesidades.

principio 6
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidaad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

En pocas palabras:
Lo más conveniente para el buen desarrollo del niño es el cuidado de sus padres. Si esto no pudiera ser posible, la sociedad deberá encargarse de brindarle al niño todo lo necesario.

principio 7
El niño tiene derecho a recibir educación, que sea gratuita y obligatoria, por lo menos en las etapas elementales. Se dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

En pocas palabras:
La educación es un derecho de todos los niños y debe tender a transformarlos en miembros útiles de la sociedad. Sus padres y la sociedad toda son responsables de que este derecho se respete. Todos los niños tienen derecho a jugar.

principio 8
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

principio 9
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo que pueda perjudicar su salud o su educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

En pocas palabras:
Los niños no pueden ser explotados, ni vendidos, ni deben trabajar desde muy pequeños o en cualquier actividad que los perjudique de alguna manera.

principio 10
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquiera otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías al servicio de sus semejantes.

En pocas palabras:
El niño no debe sufrir ningún tipo de discriminación y debe educarse en un mundo en paz.

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Contacto
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TELÉFONOS SOCIALES

A continuación se publican algunos números telefónicos de organismos oficiales y entidades sociales que brindan asistencia en casos de emergencia.

EMERGENCIAS
SAME:
107 y (011) 4342-4001 al 09 - (011) 4923-1051 al 58
Defensa Civil:
103
Ayuda al Niño
(Asistencia frente a situaciones de violencia, abuso y abandono):
102
Lucha contra la Drogadependencia:
132
Centro de Intercomunicación para Hipoacúsicos:
125 (Desde teléfonos alfanuméricos con visor: 126)
Centro de Asistencia al Suicida:
(011) 4962-0303 / 0660

ASISTENCIA SOCIAL
Asociación civil Missing Children de Argentina (chicos perdidos):
Desde el interior: (011) 4797 9006
Desde el exterior: (0054) 11 4797 9006
Alcoholismo:
Federación de Organizaciones No Gubernamentales de Adicciones (Fonga):
(011) 4383-5381 / (011) 4381-9155
Servicio de Ayuda en Drogas y Alcohol (SADA):
(011) 4861-5586
Personas en situación de calle: SIPAM(Servicio Interparroquial de Ayuda Mutua):
(011) 4912-3568 y (011) 4912-3348
cuadrado Asesoramiento Jurídico Gratuito:
Asociación de Abogados de Bs. As (AABA):
(011) 4371-8869 / 9529 / 9533
Patrocinio Jurídico Gratuito de la UBA:
(011) 4371-1340 / 2861
Programa de Salud Mental, Desastres y Desarrollo:
(011) 4863-8888
Servicios gratuitos de salud mental en hospitales públicos:
Borda: (011) 4305-6666
Garrahan: (011) 4308-4300 int.1329.
Moyano: (011) 4302-6666 / 4301-4522 / 4301-3655 / 69
Pirovano: (011) 4542-0910 / 4542-9279 / 5552
Muñiz: (011) 4304-5555
Sociedad Argentina de Terapia Familiar (SATF):
(011) 4962-4306 / (011) 4966-1333
Centro Municipal de la Mujer de Vicente López:
(Charlas gratuitas para mujeres):

(011) 4794-6604 / 05 / 7010
Asistencia psicológica cristiana:
(011) 4825-6528
Acompañamiento telefónico a mayores del Centro de Promoción del Adulto Mayor (CEPRAM):
(0351) 411-6949
Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia (INADI):
4346-1774

ASISTENCIA EN DISCAPACIDAD
Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas con Discapacidad (Conadis):
4331-7344/ 4342-0131
Artistas Plásticos Argentinos Ciegos:
(011) 4796-9264 , (011) 4511-4727
Biblioteca Argentina para Ciegos:
(011) 4981-0137 / 7710

RED SOLIDARIA

NACIONAL
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Fuente: http://www.risolidaria.org.ar/canales/menu/asesorese/tel-sociales/

25 de Junio Dia del Psicólogo Social

La Psicología Social

Enrique Pichon Rivière


El encuadre institucional

El contraste que más sorprende al psicoanalista en el ejercicio de su tarea, consiste en descubrir con cada paciente que no nos encontramos con un hombre aislado, sino ante un emisario; en comprender que el individuo como tal no es sólo el actor principal de un drama que busca esclarecimiento a través del análisis, sino también el portavoz de una situación protagonizada por los miembros de un grupo social (su familia), con los que está comprometido desde siempre y a los que ha incroporado a su mundo interior a patir de los primeros instantes de su vida.
Durante años, las ciencias pretenciosamente llamadas "del espíritu" negaron al Hombre total, fragmentándolo en su estructura y destruyendo su identidad. Así nació una psicología disociante y despersonalizada para la cual la mente se disgregaba en compartimentos estancos. Como resultado de esta división escapó al psicólogo el problema de la acción; se trabajaba con la imagen de un hombre estatico y aislado de su contorno social. Quedaron así al margen del análisis sus vínculos con el medio en que vivía sumergido. Investigadores con mayor coraje se atrevieron a romper con las normas vigentes y tomando como punto de partida situaciones concretas y vivenciadas en lo cotidiano -un partido de fútbol, por ejemplo-, ubicaron el acontecer psicológico en una nueva dimensión: lo social. Tal el descubrimiento de Herbert Mead, que concibió al hombre como un ser habitado y dinamizado por las imágenes de la relaidad externa, que al ser incorporadas y actuadas en el interior, revisten en cada uno de nosotros una forma personal y se transforman en el signo de nuestra identidad. La vieja oposición entre el individuo y sociedad se resuelve entonces en este nuevo campo -el de la psicología social- en la que sólo existe el hombre en situación. Pero tal síntesis teórica se enfrenta en la acción con elementos aparentemente antagónicos, como pueden serlo la determinación mecánica por lo social, de un lado, y la libertad individual, del otro; es decir, la imitación y la creación.
Lo primero engendra un peligro: la alienación; lo segundo desencadena un temor: el miedo a la libertad.
La psicología social se esfuerza por salvar en cada hombre ese conflicto que lo desgarra interiormente, capacitándolo para integrar su individualidad, su "mismidad" con ese mundo social a que pertenece y que lo habita.
La labor del investigador social consiste en indagar las dificultades que cada sujeto tiene en un grupo determinado, que puede ser su familia, la empresa donde trabaja, la comunidad a la que pertenece. Esto da lugar a los distintos niveles de investigación.
El campo de acción del psicólogo social es el de los miedos; su tarea es esclarecer su origen y el carácter irracional de los mismos, los que en última instancia pueden ser reducidos a dos: el miedo a la pérdida y el miedo al ataque. Ambos se alimentan en un clima socioeconómico cuyo común denominador es la inseguridad básica, vinculada con la incertidumbre que rodea a los medios de subsistencia y que constituyen el cortejo obligatorio de la moderna organización industrial. En particular, esta inseguridad se refiere a la limitada oportunidad de ocupación, a los escasos ingresos, al paro, a la enfermedad, a la vejez. Esta ansiedad, cuando es vivida en forma grupal, adquiere las características del temor a la muerte y a la desintegración familiar. Lo que trata de lograr el psicólogo social a través de su tarea es el reajuste de los mecanismos de seguridad, que se expresan como situación de encontrarse a salvo, con defensas frente al azar. Habitualmente ese concepto se refiere a las condiciones económicas. La seguridad social implica la certeza de haberse liberado de los fantasmas de la miseria, la desocupación, la vejez y la muerte.
Dentro de ese clima de inseguridad que toma el psicólogo social como campo de su tarea, sufrirá impactos provenientes en forma también de incertidumbre, ligadas a su historia personal por un lado y, por el otro, a la desconfianza o actitud doble del contratante que le adjudica una omnipotencia excesiva en la resolución de los problemas y, simultáneamente, mantiene una desconfianza crónica frente a los resultados que tratará siempre de interpretar como productos del azar. El psicólogo social tendrá entonces que vencer fuertes resistencias provenientes de sí mismo y de los otros, y podrá superar este cerco de ansiedades y desconfianzas con una buena instrumentación.
Es decir, ser psicólogo social es tener un oficio, que debe ser aprendido, ya que no se nace con esa posibilidad. Sólo cuando puede resolver sus propias ansiedades y sus perturbaciones en la comunicación con los demás puede lograr una correcta interpretación de los conflictos ajenos. En la medida en que el sujeto dispone de un buen instrumento de trabajo, resuelve incertidumbres e inseguridad; recién entonces es un operador social eficiente.

(en "La psicología cotidiana", 1966/67, páginas 9 a 11)

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